Aprobado el real decreto de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas.
El consumidor puede dirigir una reclamación a su banco desde este lunes, 23 de enero 2017. Una vez recibida, la entidad deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente. Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo. Todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses.
Pueden consultar el texto del real decreto en el siguiente link:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=boe-a-2017-653